Más resultados
Por Claudia Cesaroni
(APe).- El miércoles 8 de julio el Senado de la Nación aprobó en general un proyecto de Régimen Penal Juvenil, que se aplicaría a los adolescentes de 14 a 18 años.
Como se recordará, esa semana la Cámara de Diputados resolvió no sesionar, así como otros organismos oficiales, con motivo de la expansión de la gripe A. El Senado, por decisión de su presidente Julio Cleto Cobos, sesionó igual. El 8 de julio, día previo al feriado nacional por el Día de la Independencia, y al “asueto sanitario” resuelto para toda la Administración Pública Nacional, no había nadie en las gradas, ni prácticamente periodistas que registraran el debate. La sesión se inició a las 14.48 y finalizó a las 18.10. Se trataron muchos otros asuntos, además del Régimen Penal Juvenil, por lo que no se le deben haber dedicado a su debate más de dos horas.
Los proyectos que se tomaron en consideración fueron los de la senadora Perceval del Frente para la Victoria, que se unificó con el de la Senadora Escudero, del Partido Justicialista y del Senador Morales, de la UCR.
La Senadora Perceval representa a la provincia de Mendoza, en la que fueron condenados a prisión perpetua tres adolescentes por delitos cometidos antes de los 18 años de edad. Uno de ellos apareció colgado en una celda de aislamiento, en junio de 2005. La Senadora Escudero representa a la provincia de Salta, en la que, en tres hechos sucedidos en 2005 y 2008, fallecieron quemados y asfixiados 13 adolescentes menores de 18 años en dos comisarías (diez en la Comisaría 20 de Orán, y tres en la Comisaría del Aeropuerto). El Senador Morales representa a la provincia de Jujuy, donde los adolescentes privados de libertad están alojados en unidades de adultos, bajo la custodia de personal penitenciario. Todas estas situaciones -perpetuas a menores, alojamiento de adolescentes en comisarías y establecimientos penitenciarios- están prohibidas taxativamente por normas de jerarquía constitucional. Sin embargo, los chicos condenados a perpetua siguen presos; los pibes de Salta, muertos; los presos en comisarías y unidades penitenciarias, padeciendo malos tratos y pésimas condiciones de detención.
Y a pesar de todo, los senadores y senadoras aprobaron, en general, una iniciativa con el argumento de que el objetivo es “proteger” a los y las adolescentes, para que no se los siga privando de libertad “sin garantías”.
Lo que se encubre con eufemismos es que la norma aprobada permite que se apliquen penas de prisión a los adolescentes a partir de los 14 años. Hoy esa edad está fijada en 16 años. Por debajo de los 16 años hoy un adolescente no es punible. ¿Los meten presos de todos modos? Pues eso es lo que hay que seguir denunciando. Ningún/a adolescente menor de 16 años, haga lo que haga, debe estar privado de libertad. En cada caso en que un/a adolescente menor de 16 años esté involucrado en un hecho dañoso, o en que tenga derechos vulnerados, deben intervenir las oficinas de protección de derechos que creó la Ley 26.061, sancionada por el parlamento democrático en el año 2005. No importa que tenga 10, 12 ó 15 años.
No existe ninguna norma internacional que obligue a establecer la edad mínima de punibilidad, o de responsabilidad penal, en 14 años. El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha dicho con claridad: “Los informes presentados por los Estados Partes ponen de manifiesto la existencia de un amplio margen de edades mínimas a efectos de responsabilidad penal. Varían desde un nivel muy bajo de 7 u 8 años hasta un encomiable máximo de 14 ó 16 años.” (Observación General 10 (2007) “Los derechos del niño en la justicia de menores”)
En un país como el nuestro, que tiene fijada esta edad mínima en 16 años... ¿Por qué insisten en bajarla a 14? ¿Por qué utilizan argumentos falaces para justificar esta decisión? No se entiende, salvo que se explique como una medida de puro castigo. Justamente, eso es lo que desnuda la Senadora Escudero, cuando comienza su intervención en la Sesión del 8 de julio con las siguientes palabras: “Señor presidente: quiero empezar recordando ese 1º de abril de 2004 cuando ochenta mil ciudadanos marcharon al Congreso de la Nación pidiendo seguridad y entregaron un petitorio en cuyo Punto 4, al final, se solicitaba la modificación del Régimen de Imputabilidad Penal de los Menores. El día 27 de abril comenzamos a trabajar en el tema desde la Comisión de Seguridad Interior...”
Si se trata de contentar a Blumberg y sus petitorios, no encubran esa motivación con falacias. No están protegiendo los derechos de los pibes y las pibas. Están legalizando su encierro.
Edición: 1554
Suscribite al boletín semanal de la Agencia.
Fundación Pelota de Trapo nació hace décadas para abrigar de las múltiples intemperies a niñas y niños atravesados por diferentes historias de vulnerabilidad social.
Agencia Pelota de Trapo instala su palabra en una sociedad asimétrica, inequitativa, que dejó atrás a la mayoría de nuestros niños y donde los derechos inalienables de la persona humana solo se cumplen para unos pocos elegidos por la suerte